Inicio Convenio Colectivo RETRIBUCIONES Artículo 55 – Complemento Salarial de trabajos especiales: “Síndrome de Diógenes/Casa de Decreto”.

Artículo 55 – Complemento Salarial de trabajos especiales: “Síndrome de Diógenes/Casa de Decreto”.

RETRIBUCIONES

Aquellos/as trabajadores/as que sean requeridos para efectuar las labores de limpieza de un local o vivienda habitada anteriormente por persona con el “Síndrome de Diógenes/Casa de Decreto”, percibirán por la realización de dicho servicio una cantidad única de 80 euros. La percepción de este complemento en situaciones análogas deberá ser objeto de aprobación expresa por parte del Comité de Seguridad y Salud quien podrá ampliar los supuestos en los que se ha de percibir este complemento. La empresa comunicará a cualquiera de los/as Delegados/as de Prevención de la parte social la realización de estos trabajos en el mismo momento en que sea solicitado el servicio por el Ayuntamiento de La Laguna a fin de que pueda estar presente durante la realización del mismo uno de los/as Delegados/as de Prevención de la parte social.